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Impuestos al vender tu coche: qué pagas y qué no

10

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Icono de un documento con la palabra "Taxes", representando impuestos al vender un coche.

Impuestos al vender tu coche: qué pagas y qué no

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Índice

  1. ¿Hay que pagar impuestos al vender un coche?

  2. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): quién lo paga

  3. IRPF y ganancia patrimonial: cuándo te afecta como vendedor

  4. Impuesto de circulación (IVTM): quién paga el año de la venta

  5. IVA: cuándo aplica y cuándo no

  6. Qué pasa si vendes por menos de lo que compraste

  7. Casos especiales: herencias, donaciones y coches de empresa

  8. Errores fiscales que cometen los particulares al vender

  9. Preguntas frecuentes


Una de las preguntas más habituales cuando alguien decide vender su coche es si hay que pagar impuestos por la operación. La respuesta no es un sí o un no rotundo, porque depende de varios factores: a quién le vendes, a qué precio y si obtienes beneficio con la venta.

La buena noticia para la mayoría de particulares es que vender un coche usado rara vez implica pagar impuestos al vendedor, porque lo normal es que vendas por menos de lo que pagaste. Pero hay excepciones, y conviene conocerlas para no llevarse sorpresas con Hacienda.

En este artículo te explicamos cada impuesto que puede aparecer en la venta de un coche, quién lo paga, cuándo aplica y cuándo no.

¿Hay que pagar impuestos al vender un coche?

Para el vendedor particular, en la mayoría de casos no. El impuesto principal que grava la venta de un coche entre particulares (el ITP) lo paga el comprador, no el vendedor. Y el único impuesto que podría afectarte como vendedor (la ganancia patrimonial en el IRPF) solo aplica si vendes por más de lo que compraste, algo poco habitual en coches usados.

Sin embargo, hay obligaciones fiscales indirectas que sí te afectan como vendedor: el impuesto de circulación del año en curso, la correcta declaración del precio de venta y, en ciertos casos especiales, el IVA.

Vamos a verlo impuesto por impuesto.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): quién lo paga

El ITP es el impuesto que grava la compraventa de bienes entre particulares. Es el tributo más importante en la venta de un coche de segunda mano y lo paga siempre el comprador, nunca el vendedor.

Cuánto se paga. El tipo impositivo varía según la comunidad autónoma. En la mayoría de comunidades se sitúa entre el 4% y el 8% del valor del vehículo. Se calcula sobre el precio declarado en el contrato de compraventa o sobre el valor fiscal que publica Hacienda (tablas del Ministerio), el que sea mayor.

Cómo se paga. El comprador tiene un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la operación para liquidar el ITP en la oficina tributaria de su comunidad autónoma. El justificante de pago es necesario para tramitar el cambio de titularidad en la DGT.

Qué te afecta como vendedor. Aunque no pagas el ITP, sí te afecta el precio que declaras en el contrato. Si vendes por 10.000 euros pero el valor fiscal del coche según las tablas de Hacienda es de 12.000 euros, el comprador pagará el ITP sobre 12.000, no sobre 10.000. Y si declaras un precio muy por debajo del valor fiscal para "ahorrarle" ITP al comprador, Hacienda puede investigar la operación.

La recomendación es simple: declara siempre el precio real de la venta. Inflar o deflactar el precio en el contrato solo genera problemas.

IRPF y ganancia patrimonial: cuándo te afecta como vendedor

Este es el único impuesto que puede afectarte directamente como vendedor particular. Si obtienes una ganancia patrimonial con la venta (es decir, si vendes por más de lo que compraste), esa ganancia tributa en tu declaración de la renta.

¿Cuándo se produce ganancia patrimonial? Cuando el precio de venta es superior al precio de adquisición. El precio de adquisición incluye lo que pagaste por el coche más los gastos asociados a la compra (ITP, gestión, etc.). El precio de venta es lo que cobras menos los gastos de la venta.

¿Cuánto se paga? La ganancia patrimonial tributa en la base del ahorro del IRPF, con estos tramos (2024-2025, sujetos a posibles cambios):

  • Hasta 6.000 euros: 19%

  • De 6.000 a 50.000 euros: 21%

  • De 50.000 a 200.000 euros: 23%

  • De 200.000 a 300.000 euros: 27%

  • Más de 300.000 euros: 28%

¿Es habitual tener ganancia patrimonial al vender un coche? No. La inmensa mayoría de ventas de coches usados se realizan por debajo del precio de compra, porque los coches se deprecian con el uso y el tiempo. Si compraste tu coche por 20.000 euros y lo vendes por 12.000 euros, no hay ganancia: hay una pérdida patrimonial de 8.000 euros.

¿Las pérdidas patrimoniales se pueden compensar? Sí. Las pérdidas patrimoniales por la venta de un coche se pueden compensar con ganancias patrimoniales de otras operaciones (venta de acciones, fondos de inversión, otros activos) en la declaración de la renta del mismo ejercicio o de los cuatro siguientes.

¿Hay que declarar la venta aunque no haya ganancia? Técnicamente sí. Hacienda puede solicitar información sobre la operación. En la práctica, si no hay ganancia patrimonial, la mayoría de contribuyentes no incluyen la operación en la declaración y Hacienda no suele reclamar. Pero si quieres hacer las cosas correctamente (y poder compensar la pérdida con futuras ganancias), inclúyela.

Caso excepcional: coches clásicos o de colección. Es uno de los pocos escenarios en los que un particular puede tener ganancia patrimonial al vender un coche. Si compraste un coche clásico hace años y su valor se ha revalorizado, la diferencia tributa como ganancia patrimonial.

Impuesto de circulación (IVTM): quién paga el año de la venta

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) es un impuesto municipal que se paga anualmente. Lo paga quien sea titular del vehículo a 1 de enero de cada año.

Si vendes tu coche en junio, tú ya has devengado el IVTM de ese año completo y debes pagarlo (o haberlo pagado). El comprador empezará a pagar a partir del 1 de enero del año siguiente, cuando ya figure como titular.

Punto conflictivo habitual. Muchos compradores intentan negociar que el vendedor le reembolse la parte proporcional del IVTM correspondiente a los meses que ya no va a usar el coche. Esto no tiene base legal (el IVTM no se prorratea), pero es un punto de negociación que conviene tener previsto.

La recomendación es dejarlo claro antes de cerrar la operación. Si el comprador te lo pide, puedes aceptar o no, pero que esté pactado y, si es posible, recogido en el contrato de compraventa.

IVA: cuándo aplica y cuándo no

Venta entre particulares: no hay IVA. Cuando un particular vende su coche a otro particular, la operación no está sujeta a IVA. Lo que aplica es el ITP (que paga el comprador).

Venta de particular a concesionario: no hay IVA. Cuando tú, como particular, vendes tu coche a un concesionario o empresa, tampoco repercutes IVA. Tú no eres empresario ni profesional, por lo que no puedes emitir factura con IVA. El concesionario te paga el precio acordado y él gestiona la operación fiscalmente por su cuenta.

Si te planteas vender tu coche a un profesional, consulta qué debes saber antes de aceptar una oferta de este tipo.

Cuándo sí hay IVA. Solo cuando el vendedor es empresario o profesional y vende un coche afecto a su actividad. Si eres autónomo y vendes el coche que usabas para tu negocio, deberás repercutir IVA (21%) al comprador y emitir factura. Este es un caso específico que no afecta a la mayoría de particulares.

En resumen: si eres un particular que vende su coche personal, el IVA no es algo que debas gestionar ni pagar. Ni tú repercutes IVA ni el comprador particular te lo paga.


Qué pasa si vendes por menos de lo que compraste

Es lo más habitual. Compraste tu coche por 22.000 euros hace cinco años y ahora lo vendes por 11.000 euros. En este caso, no tienes ganancia patrimonial: tienes una pérdida de 11.000 euros.

¿Pagas algún impuesto como vendedor? No. Sin ganancia, no hay tributación en IRPF. El ITP lo paga el comprador. Y el IVA no aplica entre particulares.

¿Puedes usar esa pérdida? Sí. Puedes compensar los 11.000 euros de pérdida patrimonial con ganancias patrimoniales que obtengas en la misma declaración de la renta o en las de los cuatro años siguientes. Si en ese periodo vendes acciones o fondos con ganancias, la pérdida del coche reduce la factura fiscal de esas operaciones.

Para poder aprovechar esta compensación, necesitas incluir la operación en tu declaración de la renta con los importes de compra y venta.

Casos especiales: herencias, donaciones y coches de empresa

Coche heredado

Si vendes un coche que has recibido por herencia, el precio de adquisición a efectos fiscales es el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones, no lo que pagó el fallecido en su día. Si vendes por encima de ese valor declarado, hay ganancia patrimonial. Si vendes por debajo, hay pérdida.

Además, al heredar un vehículo se paga el Impuesto de Sucesiones (cuyo tipo varía mucho según la comunidad autónoma y el grado de parentesco) y, si decides venderlo a un tercero, el comprador pagará el ITP habitual.

Además de la fiscalidad, necesitarás la documentación habitual. Consulta los documentos necesarios para vender un coche.

Coche recibido por donación

Similar a la herencia, pero con el Impuesto de Donaciones en lugar del de Sucesiones. El valor de adquisición a efectos de IRPF es el valor declarado en la donación. Si lo vendes por encima, tributa la ganancia.

Coche de empresa vendido por un particular

Si eres autónomo y vendes un coche que estaba afecto a tu actividad profesional, la operación tiene consideraciones fiscales específicas. Deberás repercutir IVA (21%) al comprador, y la ganancia o pérdida se integra en tu declaración de IRPF como rendimiento de actividad económica. En este caso es recomendable consultar con un asesor fiscal, porque el tratamiento depende de cómo hayas deducido el IVA y amortizado el coche durante su vida útil.

Errores fiscales que cometen los particulares al vender

Declarar un precio inferior al real. Algunos vendedores y compradores acuerdan declarar un precio más bajo en el contrato para que el comprador pague menos ITP. Es fraude fiscal. Hacienda cruza datos y puede girar una liquidación complementaria al comprador y sancionar a ambas partes.

No declarar la venta en la renta cuando hay ganancia. Si vendes un coche clásico que se ha revalorizado y no incluyes la ganancia en tu declaración, Hacienda puede reclamarte la tributación más recargos e intereses si detecta la operación.

Creer que el vendedor paga el ITP. Muchos particulares desconocen quién paga qué. El ITP lo paga siempre el comprador. Si un comprador te dice que "ya está incluido en el precio", está intentando negociar, no describiendo una obligación legal.

No pagar el IVTM del año en curso. Si vendes en marzo y no has pagado el IVTM que se devengó el 1 de enero, esa deuda es tuya. Si no la liquidas, el ayuntamiento puede reclamártela con recargos.

Para evitar este y otros problemas administrativos, consulta los trámites necesarios para vender un coche en España.

Intentar repercutir IVA siendo particular. Un particular no puede emitir facturas con IVA. Si vendes tu coche personal, el IVA no interviene en la operación. Solo aplica si eres autónomo o empresa y vendes un coche afecto a tu actividad.

Dealcar: tasa tu coche gratis y recibe ofertas de concesionarios

Dealcar pone a tu disposición un tasador gratuito que valora tu coche en menos de 30 segundos. Introduces la matrícula y los datos del vehículo, y recibes una valoración basada en precios reales de ventas cerradas en el mercado.

A partir de ahí, tu coche se presenta ante una red de más de 1.000 compraventas profesionales y verificadas que pujan entre sí para comprarlo. De media, las primeras ofertas llegan en menos de 18 horas. Y cuando vendes a un concesionario de la red, tú como particular no gestionas ningún trámite fiscal: el concesionario se encarga de todo.

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  • Te recogen el coche a domicilio. La compraventa compradora recoge el coche donde tú digas.

  • Sin trámites. La compraventa gestiona transferencia, notificación a la DGT y todo el papeleo.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar impuestos si vendo mi coche por menos de lo que me costó?

No. Si vendes por debajo del precio de compra (lo más habitual), no hay ganancia patrimonial y no tributas nada en IRPF. El ITP lo paga el comprador, no tú. Y el IVA no aplica entre particulares.

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

Siempre el comprador. El ITP grava la adquisición, no la venta. El vendedor no tiene obligación de pagar ni de gestionarlo.

¿Hacienda puede reclamarme si declaro un precio bajo en el contrato?

Sí. Hacienda puede comprobar el precio declarado contra el valor fiscal del vehículo (tablas oficiales). Si el precio declarado es inferior al valor fiscal, puede girar una liquidación complementaria al comprador y, en casos de fraude evidente, sancionar a ambas partes.

¿Si vendo mi coche a un concesionario tengo que facturar con IVA?

No. Como particular, no puedes emitir facturas con IVA porque no eres empresario ni profesional. El concesionario te paga el precio acordado sin IVA y él gestiona la operación fiscalmente según su régimen.

¿Puedo compensar la pérdida de vender mi coche con ganancias de la bolsa?

Sí. Las pérdidas patrimoniales por la venta de un coche se pueden compensar con ganancias patrimoniales de otras operaciones (acciones, fondos, inmuebles) en la declaración del mismo ejercicio o de los cuatro años siguientes. Para aprovechar esta compensación, incluye la operación en tu declaración de la renta.

¿Qué impuestos pago si vendo un coche heredado?

Al heredar, pagas el Impuesto de Sucesiones (si aplica según tu comunidad y parentesco). Si después vendes el coche, el comprador paga el ITP. Y si vendes por más del valor declarado en la herencia, tributas la ganancia patrimonial en IRPF. Si vendes por menos, no.

Índice

  1. ¿Hay que pagar impuestos al vender un coche?

  2. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): quién lo paga

  3. IRPF y ganancia patrimonial: cuándo te afecta como vendedor

  4. Impuesto de circulación (IVTM): quién paga el año de la venta

  5. IVA: cuándo aplica y cuándo no

  6. Qué pasa si vendes por menos de lo que compraste

  7. Casos especiales: herencias, donaciones y coches de empresa

  8. Errores fiscales que cometen los particulares al vender

  9. Preguntas frecuentes


Una de las preguntas más habituales cuando alguien decide vender su coche es si hay que pagar impuestos por la operación. La respuesta no es un sí o un no rotundo, porque depende de varios factores: a quién le vendes, a qué precio y si obtienes beneficio con la venta.

La buena noticia para la mayoría de particulares es que vender un coche usado rara vez implica pagar impuestos al vendedor, porque lo normal es que vendas por menos de lo que pagaste. Pero hay excepciones, y conviene conocerlas para no llevarse sorpresas con Hacienda.

En este artículo te explicamos cada impuesto que puede aparecer en la venta de un coche, quién lo paga, cuándo aplica y cuándo no.

¿Hay que pagar impuestos al vender un coche?

Para el vendedor particular, en la mayoría de casos no. El impuesto principal que grava la venta de un coche entre particulares (el ITP) lo paga el comprador, no el vendedor. Y el único impuesto que podría afectarte como vendedor (la ganancia patrimonial en el IRPF) solo aplica si vendes por más de lo que compraste, algo poco habitual en coches usados.

Sin embargo, hay obligaciones fiscales indirectas que sí te afectan como vendedor: el impuesto de circulación del año en curso, la correcta declaración del precio de venta y, en ciertos casos especiales, el IVA.

Vamos a verlo impuesto por impuesto.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): quién lo paga

El ITP es el impuesto que grava la compraventa de bienes entre particulares. Es el tributo más importante en la venta de un coche de segunda mano y lo paga siempre el comprador, nunca el vendedor.

Cuánto se paga. El tipo impositivo varía según la comunidad autónoma. En la mayoría de comunidades se sitúa entre el 4% y el 8% del valor del vehículo. Se calcula sobre el precio declarado en el contrato de compraventa o sobre el valor fiscal que publica Hacienda (tablas del Ministerio), el que sea mayor.

Cómo se paga. El comprador tiene un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la operación para liquidar el ITP en la oficina tributaria de su comunidad autónoma. El justificante de pago es necesario para tramitar el cambio de titularidad en la DGT.

Qué te afecta como vendedor. Aunque no pagas el ITP, sí te afecta el precio que declaras en el contrato. Si vendes por 10.000 euros pero el valor fiscal del coche según las tablas de Hacienda es de 12.000 euros, el comprador pagará el ITP sobre 12.000, no sobre 10.000. Y si declaras un precio muy por debajo del valor fiscal para "ahorrarle" ITP al comprador, Hacienda puede investigar la operación.

La recomendación es simple: declara siempre el precio real de la venta. Inflar o deflactar el precio en el contrato solo genera problemas.

IRPF y ganancia patrimonial: cuándo te afecta como vendedor

Este es el único impuesto que puede afectarte directamente como vendedor particular. Si obtienes una ganancia patrimonial con la venta (es decir, si vendes por más de lo que compraste), esa ganancia tributa en tu declaración de la renta.

¿Cuándo se produce ganancia patrimonial? Cuando el precio de venta es superior al precio de adquisición. El precio de adquisición incluye lo que pagaste por el coche más los gastos asociados a la compra (ITP, gestión, etc.). El precio de venta es lo que cobras menos los gastos de la venta.

¿Cuánto se paga? La ganancia patrimonial tributa en la base del ahorro del IRPF, con estos tramos (2024-2025, sujetos a posibles cambios):

  • Hasta 6.000 euros: 19%

  • De 6.000 a 50.000 euros: 21%

  • De 50.000 a 200.000 euros: 23%

  • De 200.000 a 300.000 euros: 27%

  • Más de 300.000 euros: 28%

¿Es habitual tener ganancia patrimonial al vender un coche? No. La inmensa mayoría de ventas de coches usados se realizan por debajo del precio de compra, porque los coches se deprecian con el uso y el tiempo. Si compraste tu coche por 20.000 euros y lo vendes por 12.000 euros, no hay ganancia: hay una pérdida patrimonial de 8.000 euros.

¿Las pérdidas patrimoniales se pueden compensar? Sí. Las pérdidas patrimoniales por la venta de un coche se pueden compensar con ganancias patrimoniales de otras operaciones (venta de acciones, fondos de inversión, otros activos) en la declaración de la renta del mismo ejercicio o de los cuatro siguientes.

¿Hay que declarar la venta aunque no haya ganancia? Técnicamente sí. Hacienda puede solicitar información sobre la operación. En la práctica, si no hay ganancia patrimonial, la mayoría de contribuyentes no incluyen la operación en la declaración y Hacienda no suele reclamar. Pero si quieres hacer las cosas correctamente (y poder compensar la pérdida con futuras ganancias), inclúyela.

Caso excepcional: coches clásicos o de colección. Es uno de los pocos escenarios en los que un particular puede tener ganancia patrimonial al vender un coche. Si compraste un coche clásico hace años y su valor se ha revalorizado, la diferencia tributa como ganancia patrimonial.

Impuesto de circulación (IVTM): quién paga el año de la venta

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) es un impuesto municipal que se paga anualmente. Lo paga quien sea titular del vehículo a 1 de enero de cada año.

Si vendes tu coche en junio, tú ya has devengado el IVTM de ese año completo y debes pagarlo (o haberlo pagado). El comprador empezará a pagar a partir del 1 de enero del año siguiente, cuando ya figure como titular.

Punto conflictivo habitual. Muchos compradores intentan negociar que el vendedor le reembolse la parte proporcional del IVTM correspondiente a los meses que ya no va a usar el coche. Esto no tiene base legal (el IVTM no se prorratea), pero es un punto de negociación que conviene tener previsto.

La recomendación es dejarlo claro antes de cerrar la operación. Si el comprador te lo pide, puedes aceptar o no, pero que esté pactado y, si es posible, recogido en el contrato de compraventa.

IVA: cuándo aplica y cuándo no

Venta entre particulares: no hay IVA. Cuando un particular vende su coche a otro particular, la operación no está sujeta a IVA. Lo que aplica es el ITP (que paga el comprador).

Venta de particular a concesionario: no hay IVA. Cuando tú, como particular, vendes tu coche a un concesionario o empresa, tampoco repercutes IVA. Tú no eres empresario ni profesional, por lo que no puedes emitir factura con IVA. El concesionario te paga el precio acordado y él gestiona la operación fiscalmente por su cuenta.

Si te planteas vender tu coche a un profesional, consulta qué debes saber antes de aceptar una oferta de este tipo.

Cuándo sí hay IVA. Solo cuando el vendedor es empresario o profesional y vende un coche afecto a su actividad. Si eres autónomo y vendes el coche que usabas para tu negocio, deberás repercutir IVA (21%) al comprador y emitir factura. Este es un caso específico que no afecta a la mayoría de particulares.

En resumen: si eres un particular que vende su coche personal, el IVA no es algo que debas gestionar ni pagar. Ni tú repercutes IVA ni el comprador particular te lo paga.


Qué pasa si vendes por menos de lo que compraste

Es lo más habitual. Compraste tu coche por 22.000 euros hace cinco años y ahora lo vendes por 11.000 euros. En este caso, no tienes ganancia patrimonial: tienes una pérdida de 11.000 euros.

¿Pagas algún impuesto como vendedor? No. Sin ganancia, no hay tributación en IRPF. El ITP lo paga el comprador. Y el IVA no aplica entre particulares.

¿Puedes usar esa pérdida? Sí. Puedes compensar los 11.000 euros de pérdida patrimonial con ganancias patrimoniales que obtengas en la misma declaración de la renta o en las de los cuatro años siguientes. Si en ese periodo vendes acciones o fondos con ganancias, la pérdida del coche reduce la factura fiscal de esas operaciones.

Para poder aprovechar esta compensación, necesitas incluir la operación en tu declaración de la renta con los importes de compra y venta.

Casos especiales: herencias, donaciones y coches de empresa

Coche heredado

Si vendes un coche que has recibido por herencia, el precio de adquisición a efectos fiscales es el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones, no lo que pagó el fallecido en su día. Si vendes por encima de ese valor declarado, hay ganancia patrimonial. Si vendes por debajo, hay pérdida.

Además, al heredar un vehículo se paga el Impuesto de Sucesiones (cuyo tipo varía mucho según la comunidad autónoma y el grado de parentesco) y, si decides venderlo a un tercero, el comprador pagará el ITP habitual.

Además de la fiscalidad, necesitarás la documentación habitual. Consulta los documentos necesarios para vender un coche.

Coche recibido por donación

Similar a la herencia, pero con el Impuesto de Donaciones en lugar del de Sucesiones. El valor de adquisición a efectos de IRPF es el valor declarado en la donación. Si lo vendes por encima, tributa la ganancia.

Coche de empresa vendido por un particular

Si eres autónomo y vendes un coche que estaba afecto a tu actividad profesional, la operación tiene consideraciones fiscales específicas. Deberás repercutir IVA (21%) al comprador, y la ganancia o pérdida se integra en tu declaración de IRPF como rendimiento de actividad económica. En este caso es recomendable consultar con un asesor fiscal, porque el tratamiento depende de cómo hayas deducido el IVA y amortizado el coche durante su vida útil.

Errores fiscales que cometen los particulares al vender

Declarar un precio inferior al real. Algunos vendedores y compradores acuerdan declarar un precio más bajo en el contrato para que el comprador pague menos ITP. Es fraude fiscal. Hacienda cruza datos y puede girar una liquidación complementaria al comprador y sancionar a ambas partes.

No declarar la venta en la renta cuando hay ganancia. Si vendes un coche clásico que se ha revalorizado y no incluyes la ganancia en tu declaración, Hacienda puede reclamarte la tributación más recargos e intereses si detecta la operación.

Creer que el vendedor paga el ITP. Muchos particulares desconocen quién paga qué. El ITP lo paga siempre el comprador. Si un comprador te dice que "ya está incluido en el precio", está intentando negociar, no describiendo una obligación legal.

No pagar el IVTM del año en curso. Si vendes en marzo y no has pagado el IVTM que se devengó el 1 de enero, esa deuda es tuya. Si no la liquidas, el ayuntamiento puede reclamártela con recargos.

Para evitar este y otros problemas administrativos, consulta los trámites necesarios para vender un coche en España.

Intentar repercutir IVA siendo particular. Un particular no puede emitir facturas con IVA. Si vendes tu coche personal, el IVA no interviene en la operación. Solo aplica si eres autónomo o empresa y vendes un coche afecto a tu actividad.

Dealcar: tasa tu coche gratis y recibe ofertas de concesionarios

Dealcar pone a tu disposición un tasador gratuito que valora tu coche en menos de 30 segundos. Introduces la matrícula y los datos del vehículo, y recibes una valoración basada en precios reales de ventas cerradas en el mercado.

A partir de ahí, tu coche se presenta ante una red de más de 1.000 compraventas profesionales y verificadas que pujan entre sí para comprarlo. De media, las primeras ofertas llegan en menos de 18 horas. Y cuando vendes a un concesionario de la red, tú como particular no gestionas ningún trámite fiscal: el concesionario se encarga de todo.

  • 100% gratis para ti. Sin comisiones ni costes ocultos.

  • Cobras antes de entregar las llaves. El pago llega a tu cuenta por transferencia bancaria antes de entregar el coche.

  • Te recogen el coche a domicilio. La compraventa compradora recoge el coche donde tú digas.

  • Sin trámites. La compraventa gestiona transferencia, notificación a la DGT y todo el papeleo.

  • De media, 1.400 euros más que vendiendo en Wallapop.

Más de 12.000 coches vendidos y una valoración media de 4,9 sobre 5.

Si quieres saber cuánto vale tu coche, usa el tasador gratuito de Dealcar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar impuestos si vendo mi coche por menos de lo que me costó?

No. Si vendes por debajo del precio de compra (lo más habitual), no hay ganancia patrimonial y no tributas nada en IRPF. El ITP lo paga el comprador, no tú. Y el IVA no aplica entre particulares.

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

Siempre el comprador. El ITP grava la adquisición, no la venta. El vendedor no tiene obligación de pagar ni de gestionarlo.

¿Hacienda puede reclamarme si declaro un precio bajo en el contrato?

Sí. Hacienda puede comprobar el precio declarado contra el valor fiscal del vehículo (tablas oficiales). Si el precio declarado es inferior al valor fiscal, puede girar una liquidación complementaria al comprador y, en casos de fraude evidente, sancionar a ambas partes.

¿Si vendo mi coche a un concesionario tengo que facturar con IVA?

No. Como particular, no puedes emitir facturas con IVA porque no eres empresario ni profesional. El concesionario te paga el precio acordado sin IVA y él gestiona la operación fiscalmente según su régimen.

¿Puedo compensar la pérdida de vender mi coche con ganancias de la bolsa?

Sí. Las pérdidas patrimoniales por la venta de un coche se pueden compensar con ganancias patrimoniales de otras operaciones (acciones, fondos, inmuebles) en la declaración del mismo ejercicio o de los cuatro años siguientes. Para aprovechar esta compensación, incluye la operación en tu declaración de la renta.

¿Qué impuestos pago si vendo un coche heredado?

Al heredar, pagas el Impuesto de Sucesiones (si aplica según tu comunidad y parentesco). Si después vendes el coche, el comprador paga el ITP. Y si vendes por más del valor declarado en la herencia, tributas la ganancia patrimonial en IRPF. Si vendes por menos, no.

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